miércoles, 31 de agosto de 2011

Los origenes de la Justicia Restaurativa

Cuandos hace ya años oí por primera vez hablar de Justicia Restaurativa, me pregunté dos cosas ¿Justicia qué....Restaurativa? y ¿Realmente es un concepto nuevo?.


Respecto la primera pregunta hemos hecho una traducción tan literal del inglés al español, que hemos perdido al menos en España, parte de su esencia, quizá la mejor traducción hubiese sido Justicia Restauradora o Reparadora, pero bueno, es una cuestión conceptual que a mi parecer, carece de mayor importancia.


La otra cuestión me resultó más atractiva por cuanto he llegado a la conclusión que la Justicia Restaurativa es la Justicia que existió en el inicio de los tiempos y que perdimos con la evolución de nuestra sociedad y de nuestros sistemas jurídicos y políticos.


En la antiguedad, el delito era definido como un daño al individuo y el código de Hamurabi, por ejemplo, establecía como sanción a los delitos contra la propiedad, la restitución de los sustraído. Y además la idea de Justicia Restaurativa está enraizada en nuestra cultura y tradiciones así como religiones, simplemente como ilustración diré que la Biblia está repleta de referencias indirectas a esta forma de ver la Justicia, así Lucas 19.8 "Zaqueo se levantó entonces y dijo al señor: Mira Señor, voy a dar a los pobres la mitad de lo que tengo y si he robado a alguien le devolveré cuatro veces más". También parte de este concepto, está basado en tradiciones indigenas de Norte América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Estos pueblos han venido practicando ciertos modos de Justicia Restaurativa basados en la reparación del daño y sanación de las heridas a traves de la discusión y la interación entre víctimas, infractor y comunidad.


Ya en el siglo 20, en el año 1958, mirando este concepto de justicia desde el punto de vista de la victimología, hay que destacar a Albert Eglash, psicólogo americano que elaboró el concepto de restitución creativa, este autor decía que esta restitución es una técnica de rehabilitación por la cual se ayuda al infractor bajo supervisión apropiada a encontrar alguna manera de compensar a las personas que ha dañado. En 1977, dos artículos uno de Randy Barnett y otro de Nils Christie, despertaron el interés y el debate sobre la justicia restaurativa. Este último publicó en el diario de Criminología británico un artículo en el que afirmaba que el estado "ha robado el conflicto entre los ciudadanos. El conflicto, problemas sociales son partes inevitables de la vida y por tanto no pueden delegarse todo en profesionales". Este mismo año, mi buen amigo, Martin Wright publicó "nadie vino: justicia penal y necesidades de las víctimas". Él proponía que la víctima fuera ayudada por el delincuente o la comunidad, y el infractor debe reparar a ambos. Esto demostrará el respeto a los sentimientos de las víctimas y ofrecerá a los infractores una posibilidad para que no se aislen aún más de la sociedad.


Por último, desde el punto de vista jurídico, el origen de la Justicia Restaurativa puede fecharse en 1974, año en el que ordenó la primera sentencia de Justicia Restaurativa en Kitchener, Ontario. Se trataba de dos jóvenes, que tras una juerga vandálica dejaron 22 propiedades dañadas, gradualmente pudieron restituir el daño causado. El éxito de este caso permitió el establecimiento del primer programa de Justicia Restaurativa en Kitchener conocido como "programa de reconciliación entre víctima y ofensor".


Después de esto, ¿alguien piensa que la Justicia Restaurativa es un concepto novedoso? ¡cielos! llevamos años de retraso al menos en mi país: España

Una ardúa tarea por hacer

Desde que me dedico a poner en práctica los principios de la justicia restaurativa , me he dado cuenta de que lo que parecía complicado no lo es y en cambio lo que se me antojaba sencillo, se tornó en algo casi imposible. Me explico , a pesar de que aparentemente los ciudadanos de a pie, estan todos los días clamando penas más duras, la realidad demuestra que son las personas normales de la calle, las que sufren los problemas y en ocasiones los delitos, las que acogen generalmente de muy buen grado las formas de justicia restaurativa ya sea mediación penal como en Burgos o cualquier otra como los círculos restaurativos. ¿Por qué? pues simple y llanamente porque sus necesidades son abordadas de una manera más eficaz y sana, dandoles participación en todo momento. Así sienten que se ha hecho justicia. Frente a esto me encuentro en muchas ocasiones, más de las que desearía con el muro de la incomprensión de los gobernantes, estos aduciendo la crisis, se niegan en rotundo a colaborar economicamente con estos servicios, más alla de aportaciones casi simbólicas. Y yo me pregunto ¿hay dinero para más cárceles, para mantener a cada día más infractores que entran en prisión? y ¿no hay dinero para atender mejor al ciudadano, a las víctimas de los delitos, a la gente que se supone que les ha votado?.


Esto tiene que cambiar, es el mundo al revés: una justicia centrada en el infractor y su castigo que se olvida de la víctima, no puede requerir tanto dinero mientras nos olvidamos de una justicia restaurativa o restauradora, centrada en dar voz a la víctima e intentar la reintegración de ambos (víctima e infractor) en la comunidad porque es muy cara....Necesitamos cambiar el chip de los gobernantes para que se den cuenta de que es una inversión de futuro, con muy poco conseguirán mucho: víctimas más satisfechas, menos infractores cometiendo nuevos delitos y una comunidad más contenta porque se siente más segura.

Bienvenidos a esta mi casa, vuestra casa.

Buenas a todos, me llamo Virginia Domingo y entre otras cosas me dedico a investigar, poner en la práctica y promover practicas de justicia restaurativa como la mediación penal. Muchos os preguntareís ...¿Qué es realmente la Justicia Restaurativa? Pues entonces este es vuestro blog, pretendo ayudar a entender algo que es algo que parece tan novedoso pero que lo es, también me gustaria que compartierais conmigo vuestras experiencias tanto en el ambito de la justicia restaurativa como en el de la justicia en general. Sólo así podremos construir un modelo de justicia restaurativa adaptado a las necesidades de los ciudadanos y que pueda venir a llenar el vacio que en muchas ocasiones crea acudir a los juzgados, buscando Justicia.

Así que manos a la obra.....